Preventas Inmobiliarias | Fidubogotá
Preventas
Objeto del contrato
A través de un Contrato de Encargo Fiduciario de Administración e Inversión, la Fiduciaria recibe los recursos de los futuros compradores, los invierte y condiciona la entrega de los mismos al cumplimiento del punto de equilibrio del proyecto y la obtención de la licencia de construcción o la radicación de los documentos para enajenar según el caso.
Partes del contrato
Fideicomitente: Constructor o Promotor del proyecto.
Fiduciaria: Fiduciaria Bogota S.A.
Los futuros compradores no son parte del contrato fiduciario de preventas, pero sí deben firmar el Contrato de Adhesión o Carta de Instrucciones y constituir el encargo fiduciario en desarrollo del contrato de preventas.
Punto de equilibrio
El punto de equilibrio como mínimo corresponderá al 60% de las unidades, metros cuadrados o ventas del Proyecto o al 50% de las unidades, metros cuadrados o ventas de un Proyecto VIS.
Contrato de Adhesión o Carta de Instrucciones
Es un documento que suscribe el futuro comprador (Encargante), en el cual manifiesta que conoce y acepta los términos y condiciones del contrato de Encargo Fiduciario fiducia celebrado entre el Fideicomitente (constructor – promotor) y la Fiduciaria.
Adicionalmente a través de este documento el Encargante autoriza a la Fiduciaria para que: (i) Reciba los recursos acordados con el constructor – promotor para la separación de la unidad inmobiliaria; (ii) Entregar los dineros y sus rendimientos al constructor - promotor cuando se cumplan las condiciones establecidas en el contrato y (iii) Devolver los recursos económicos al Encargante, en el evento que no se cumplan los requisitos establecidos en el contrato.
Ventajas
A través de este producto, el constructor puede medir el éxito comercial y la viabilidad financiera del proyecto sin tener que llevar a cabo grandes inversiones, solamente tiene que invertir un capital de riesgo sin comprometer la estabilidad de su empresa. En ciertos casos puede condicionar la compra del lote en el evento del cumplimiento de su punto de equilibrio.
El esquema genera confianza, tranquilidad y transparencia en la administración de recursos de los futuros compradores, facilitando la gestión de venta.
Se puede iniciar la comercialización del Proyecto sin contar con el permiso de enajenación en los casos de Proyectos de Vivienda.
Mínimos Requisitos de Vinculación
- Formulario de Solicitud de Vinculación.
- Fotocopia del Documento de Identidad.
- Formato de Aceptación del Fondos de Inversión Colectiva.
- El documento obligatorio para esta línea de negocio es el CONTRATO DE ADHESIÓN O CARTA DE INSTRUCCIONES, la cual debe estar firmada por todos los compradores.
Para adquirir este producto comunícate con la Línea de Atención al Cliente Bogotá 601 348 5400 Opción 2 - Resto del País 01 8000 52 6030
Rentabilidades
Fecha último Corte: 10 de Octubre de 2024
Conozca además la rentabilidad de los tipos de participación de Sumar, Fidugob y Es+. *Valor del fondo expresado en millones
1 Día | 7 Días | Mensual | Trimestral | Semestral | Año Corrido | Último Año | Últimos 2 Años | Últimos 3 Años | Valor Unidad | Valor del Fondo* | |
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Perfil Conservador | |||||||||||
Fidugob | 4.25% | 6.73% | 7.12% | 10.75% | 9.83% | 10.01% | 12.24% | 12.85% | 9.69% | 24.942.84 | $3.993.877 |
Mensual | Trimestral | Semestral | Año Corrido | Último Año | Últimos 2 Años | Últimos 3 Años | Valor Unidad | Valor del Fondo* | |
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Perfil Moderado | |||||||||
ÓPTIMO | -18.05 | 22.07% | 13.89% | 7.03% | 13.67% | 16.43% | 5.45% | 4.089.10 | $8.267 |
Es + | -0.66% | 9.68 | 7.95 | 9.40% | 13.24% | 13.13% | 6.55% | 17.173.47 | $7.621 |
Altarenta | 2.79% | 13.07% | 10.24% | 9.57% | 13.41% | 14.11% | 9.35 | 15.744.52 | $89.648 |
Perfil Dinámico | |||||||||
CUBRIR | -15.63% | 26.58% | 23.64% | 14.08% | 5.68% | 0.97% | 0.18% | 2.393.52 | $3.192 |
FIDUACCIÓN | |||||||||
HCOLSEL | 3.52% | -18.86% | -13.09% | 15.92% | 26.58% | 0.00% | 0.00% | 13.948.81 | $1.687.248 |
Las obligaciones de la sociedad administradora del fondo de inversión colectiva relacionadas con la gestión del portafolio son de medio y no de resultado. Los dineros entregados por los INVERSIONISTAS a los Fondos de Inversión Colectiva no son depósitos, ni generan para la sociedad administradora las obligaciones propias de una institución de depósito y no están amparados por el seguro de depósito del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras -FOGAFIN, ni por ninguno otro esquema de dicha naturaleza. La inversión en el Fondo de Inversión Colectiva está sujeta a los riesgos de inversión, derivados de la evolución de los precios de los activos que componen el portafolio del respectivo fondo de inversión colectiva". Decreto 2555 de 2010, artículo 3.1.1.9.3. La rentabilidad ha sido calculada de acuerdo con las instrucciones impartidas en el anexo 6 de la Parte III del Título VI de la Circular Externa 029 de 2014, que regula el Decreto 1242.